Sanción de 1.502 euros (250.000 ptas) por envenenar gatos callejeros
en Tortosa, tras considerarse "probados los hechos denunciados".
La persona imputada no presentó alegaciones tras comunicarle la Generalitat
la incoación de expediente. En julio de 2002, la Asociación Nacional
para la Protección y el Bienestar de los Animales (ANPBA), solicitó
a la Delegación Territorial del Departamento de Medio Ambiente en las
Terres del Ebre que iniciara una investigación, por cuanto, en junio
de 2002, una vecina (C.G.V.) de la c/. Berenguer IV de Tortosa, presuntamente
colocó salchichas envenenadas para matar a los gatos callejeros de su
zona.
Una agonía terrible
La muerte por envenenamiento constituye una de las agresiones más terribles
contra los animales, ya que la estricnina produce parálisis muscular
y, en consecuencia, la muerte por asfixia (hipoxia) muy dolorosa, ya que el
animal envenenado permanece consciente hasta que muere, de acuerdo con los informes
veterinarios de ANPBA.
Multa de 1502.53 Euros
Ayer, recibimos Oficio, firmado por el delegado territorial del Departamento
de Medio Ambiente en las Tierras del Ebro, Josep Pere Vidal, con el documento
adjunto en el que se nos informa de la Propuesta de Resolución, cuyo
tenor literal es el siguiente:
"PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR NÚMERO
PA-E-0008/2003, incoado contra la señora C.G.V. por presunta infracción
administrativa."
HECHOS
1.- Hechos imputados
La denuncia efectuada data del 20/06/2002, de la que se desprenden los siguientes
hechos: Por depositar platos de plástico con comida destinada a los gatos
que se encuentran normalmente en los alrededores de la calle donde vive la denunciada.
Con posterioridad a estos hechos, se encuentran nuevos ejemplares de gatos muertos
por los alrededores del edificio. Posteriormente, en jueves del mes de julio
[de 2002], se ve a la denunciada en el mismo lugar con una bolda de plástico
en la mano, dejándola en el suelo. Se recogen tres salchichas con un
fuerte olor a veneno y se entregan al Servicio de Protección de la Naturaleza
de Tortosa."
2.-Alegaciones
Se notificó la incoación del expediente y el pliego de cargos
a la persona interesada, que no ha formulado alegaciones.
3.Hechos probados
Resultan probados los hechos denunciados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
[...]
3.-Tipificación. Los cargos que se imputan a la persona interesada constituyen
la infracción administrativa del artículo 42.3.g) de la Ley 3/1988,
de Protección de los animales, la cual establece que: "Son infracciones
administrativas muy graves el maltrato y las agresiones físicas a los
animales".
4.-Sanción aplicable.
Estas infracciones están sancionadas en el artículo 44 de la Ley
3/1988 de Protección de los Animales, con una multa de 1.5002,53 a 15.025,30
euros.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Se propone la imposición a la señora C.G.V. una multa de 1.502,53
euros.
VALORACIÓN
El presidente de ANPBA, Alfonso Chillerón, ha dicho: "Nunca podremos
saber el terrible sufrimiento que tuvieron que experimentar esos gatos hasta
morir. La imposición de esta sanción revaloriza la función
de la Ley de Protección Animal, que deja de ser un mero papel mojado
para convertirse en un instrumento legal que castiga efectivamente el maltrato
a los animales"